Cómo cumplir la NOM-247 y evitar sanciones en operaciones inmobiliarias

La NOM-247-SE-2021 regula la información comercial, publicidad y contratación en la compraventa de vivienda, buscando mayor transparencia y protección al consumidor. Su correcta aplicación es indispensable para evitar sanciones y conflictos. A continuación, presentamos las principales obligaciones que impone esta norma y las recomendaciones prácticas para su cumplimiento en el sector inmobiliario.

Qué incluye la NOM-247-SE-2021

La NOM-247-SE-2021, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de marzo de 2022, establece las prácticas comerciales, la información y la publicidad de bienes inmuebles destinados a casa habitación, así como los elementos mínimos que deben contener los contratos relacionados.

Aplica a:

  • Desarrolladores y constructores que venden vivienda nueva.
  • Promotores o intermediarios inmobiliarios que la comercializan.
  • Empresas que ofrecen preventas o promesas de compraventa.

Quedan fuera los inmuebles comerciales, industriales o terrenos no destinados a vivienda.

Errores comunes en el cumplimiento de la NOM-247

1. Publicidad engañosa o incompleta

La norma exige que toda información comercial sea veraz, comprobable y clara, incluyendo:

  • Ubicación precisa del inmueble.
  • Superficie total y de construcción.
  • Precio total en moneda nacional y condiciones de pago.
  • Materiales, acabados y servicios incluidos.

Omitir o distorsionar cualquiera de estos elementos constituye publicidad engañosa, sancionable por la PROFECO con multas que pueden superar los 3 millones de pesos, además de la suspensión de campañas.

2. Contratos sin registro ante PROFECO

Todo contrato con consumidores debe estar registrado en el Registro Público de Contratos de Adhesión (RPCA) de la PROFECO.

Debe contener, como mínimo:

  • Fecha y condiciones de entrega del inmueble.
  • Especificaciones del bien y de las instalaciones.
  • Plazos de pago y penalizaciones por incumplimiento.
  • Procedimientos de reclamación y garantías.

Usar contratos “internos” sin registro es una práctica riesgosa que puede anular la validez del acuerdo y derivar en sanciones.

3. Falta de garantías documentadas

La NOM-247 establece plazos mínimos de garantía irrenunciables para el comprador:

Tipo de garantía: Estructura y cimentación. Plazo mínimo: 5 años.

Tipo de garantía: Impermeabilización. Plazo mínimo: 3 años.

Tipo de garantía: Elementos no estructurales. Plazo mínimo: 1 año.

Si estas garantías no se establecen de forma expresa en el contrato, el proveedor sigue obligado por ley, y el consumidor puede exigir reparación o bonificación.

Cómo garantizar el cumplimiento en tu proyecto

  1. Revisa y registra tus contratos. Asegúrate de que cumplan los requisitos de la NOM-247 y estén inscritos ante PROFECO.
  1. Actualiza tu publicidad. Toda información difundida debe coincidir con las condiciones reales del inmueble.
  1. Entrega información completa al consumidor. Incluye fichas técnicas, planos, acabados y condiciones de pago.
  1. Documenta garantías y entregas. Deja constancia de fechas, materiales y coberturas para evitar reclamaciones.
  1. Capacita a tu equipo comercial. Los vendedores deben conocer el contenido de la NOM-247 y aplicarlo en todas sus operaciones.

Por qué cumplir la NOM-247 es más que una obligación

Cumplir con la NOM-247 no solo evita multas: fortalece la confianza del comprador, mejora la reputación de la empresa y reduce riesgos legales. En un mercado inmobiliario cada vez más competitivo, la transparencia y la certeza contractual se han convertido en verdaderas ventajas comerciales.

Además, la PROFECO ha incrementado sus revisiones en contratos, portales inmobiliarios y campañas publicitarias. No basta con tener “buena fe”; se requiere documentación formal y registro comprobable.

La NOM-247-SE-2021 sigue siendo la norma de referencia en materia de venta de vivienda en México. Cumplir con ella significa operar con transparencia, proteger a tus clientes y blindar legalmente tus proyectos.

En Singular Law ayudamos a desarrolladores, promotores y asesores inmobiliarios a adaptar sus contratos, publicidad y procesos conforme a la NOM-247 y a registrarlos correctamente ante PROFECO. Contáctanos para revisar tu documentación y garantizar que tus operaciones sean seguras y conformes a la ley.

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